El pasado día 7 de septiembre fue publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, el Proyecto de Ley por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Dicho Proyecto contempla la instauración de una tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social, de carácter estatal será exigible por igual en todo el territorio nacional. Los supuestos que se encuentran gravados de este modo son:

a) La interposición de la demanda en toda clase de procesos declarativos y de ejecución de títulos ejecutivos extrajudiciales en el orden jurisdiccional civil, la formulación de reconvención, la petición inicial del proceso monitorio y del proceso monitorio europeo.
b) La solicitud de concurso necesario y la demanda incidental en procesos concursales.
c) La interposición del recurso contencioso-administrativo, acompañada o no de la formulación de demanda.
d) La interposición del recurso extraordinario por infracción procesal en el ámbito civil.
e) La interposición de recursos de apelación contra sentencias y de casación en el orden civil y contencioso-administrativo.
f) La interposición de recursos de suplicación y de casación en el orden social.
g) La oposición a la ejecución de títulos judiciales.